Preguntas frecuentes
9¿Cuánto es la retención de boleta de honorarios en 2026?
15,25% sobre el monto bruto. Subió desde el 14,5% que regía en 2025. La Ley 21.133 la aumenta 0,75 puntos cada enero hasta llegar al 17% en 2028.
¿Por cuánto tengo que emitir para recibir un monto exacto?
Se divide, no se multiplica: bruto = líquido ÷ 0,8475. Para recibir $500.000 líquidos debes emitir una boleta por $589.971. Restarle 15,25% a los $500.000 te deja corto.
¿Quién paga la retención al SII?
Si le emites a una empresa, ella te descuenta el monto y lo entera al SII por ti. Si le emites a una persona natural, recibes el total pero tú debes declararlo y pagarlo como PPM en el Formulario 29.
¿Recupero la retención?
Parte o toda, en la Operación Renta de abril del año siguiente. Es un anticipo, no un impuesto definitivo. Una porción financia tus cotizaciones previsionales obligatorias como trabajador independiente.
¿La retención se calcula sobre el bruto o sobre el líquido?
Siempre sobre el bruto, es decir sobre el monto que aparece escrito en la boleta.
¿Las boletas de honorarios llevan IVA?
No. Se rigen por retención de segunda categoría, no por IVA. Si necesitas calcular IVA, usa nuestra calculadora de IVA.
¿Debo cotizar si emito boletas de honorarios?
Sí. Desde la Ley 21.133 los trabajadores independientes cotizan obligatoriamente para pensión, salud, seguro de invalidez, accidentes laborales y ley SANNA. Eso se resuelve en la Operación Renta con las retenciones del año.
¿Dónde emito la boleta?
En el sitio del SII, en la opción "Emitir boleta de honorarios electrónica". El SII aplica la retención automáticamente al ingresar el monto bruto.
¿Esta calculadora reemplaza al SII?
No. Es una herramienta de referencia para cotizar y planificar. El monto oficial es el que genera el SII al emitir la boleta, y esto no constituye asesoría tributaria.